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Normativa académica de grado 202021, de 28 de septiembre, deben constar el ámbito de conocimiento al que pertenecen los estudios de origen, el ámbito de conocimiento de las asignaturas de formación básica y la tipología de las asignaturas. oPlan de estudios, con el sello del centro de origen correspondiente. (Este requisito no es necesario para los estudios de la UVic-UCC.) oProgramas de las asignaturas, en el caso de estudios cursados en otras universidades, con el sello del centro de origen, en los que deben figurar el contenido y el número de créditos. En el caso de los estudios de grado es necesario que también consten las competencias y conocimientos que se superan en cada asignatura. (Este requisito no es necesario para los estudios de la UVic-UCC.) oLos estudiantes extranjeros también deben presentar: Documento de conversión de notas. En caso de haber realizado estudios en universidades de fuera de la UE hay que presentar el documento de conversión de notas del Ministerio de Educación y Formación Profesional. En caso de haber realizado estudios extranjeros oficiales, un documento de certificación que acredite dicha oficialidad. oPara el reconocimiento de experiencia laboral se deben aportar los siguientes documentos: Certificado de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social (original y fotocopia). Contratos de trabajo o nombramientos. Trabajadores autónomos o por cuenta propia: certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social con los periodos de alta en la Seguridad Social, en el régimen especial correspondiente, y descripción de la actividad desarrollada y del tiempo durante el que se ha llevado a cabo. Certificados de las empresas en los que se especifiquen las funciones desarrolladas. El centro puede solicitar cualquier otra documentación que considere necesaria. Los documentos expedidos en el extranjero deben cumplir los siguientes requisitos: a) Deben ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país. b) Deben presentarse legalizados por la vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de la Haya. Para obtener más detalles sobre este proceso, consultar la web. c) Tienen que ir acompañados de la traducción oficial al catalán, castellano o inglés. Puede realizar la traducción oficial: oUn traductor jurado, debidamente autorizado o inscrito en España. oCualquier representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero. oLa representación diplomática o consular en España del país del que tiene la ciudadanía la persona que realiza la solicitud o del país del que procede el documento. oUn traductor oficial en el extranjero. En este caso es necesario que la firma del traductor esté debidamente legalizada. Se acepta documentación en formato papel o en formato digital siempre que se cumplan los requisitos necesarios para que dicha documentación sea válida. En ningún caso se aceptan: oCopias simples oImpresiones de pantallas o descargas de plataformas virtuales oCertificados de notas oCualquier otra documentación/202022

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